Acerca de
Ley 1010 de 2006
La Ley 1010 de 2006 define el acoso laboral en Colombia como una conducta persistente y demostrable que busca infundir miedo, intimidación, angustia o inducir a la renuncia. Para prevenirlo, la ley establece modalidades como el maltrato, la persecución, la discriminación, el entorpecimiento, la inequidad y la desprotección laboral. La ley también define quiénes pueden ser agresores (superiores, compañeros, subalternos) y víctimas (empleados o servidores públicos).
Definición y propósito
- La ley busca prevenir, corregir y sancionar el acoso laboral y otras formas de hostigamiento en las relaciones de trabajo.
- Se considera acoso laboral cualquier conducta persistente y demostrable que cause miedo, intimidación, terror o angustia; que cause perjuicio laboral o desmotivación; o que induzca a la renunci
Modalidades de acoso laboral
Maltrato laboral: Actos violentos contra la integridad física o moral, la libertad o los bienes del trabajador, o expresiones injuriosas.
Persecución laboral: Conductas reiteradas o arbitrarias que buscan inducir la renuncia, como la descalificación o la carga excesiva de trabajo.
Discriminación laboral: Trato diferenciado por raza, género, origen, religión, entre otros.
Entorpecimiento laboral: Acciones que obstaculizan el cumplimiento de la labor, como la ocultación de insumos o la destrucción de documentos.
Inequidad laboral: Desigualdad de trato en el reconocimiento de estímulos o la asignación de funciones.
Desprotección laboral: Actos de desamparo o desprotección.
Quiénes pueden ser los agresores y víctimas
Agresores: Empleadores, jefes, compañeros de trabajo o subalternos.
Víctimas: Empleados o servidores públicos.
Sanciones y efectos
Se pueden imponer multas al empleador.
El acoso laboral puede ser causa justa para la terminación del contrato por parte del trabajador.
Los efectos pueden incluir daños psicológicos a largo plazo.
Prescripción
Las acciones derivadas del acoso laboral caducan en tres (3) años a partir de la fecha en que ocurrieron las conductas.